POLITICA Y AVISO DE PRIVACIDAD
En cumplimiento a lo establecido por la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (en lo sucesivo la “LEY”) y el Reglamento de Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (en lo sucesivo el “REGLAMENTO”), se hace de su conocimiento que en los sucesivo CENTRO UNIVERSITARIO OCTAVIO PAZ es Responsable de la recopilación, tratamiento y, en su caso, transferencia de sus datos personales.
Objeto.- Informar a los proveedores, usuarios, personal administrativo, docentes, alumnos y visitantes, de la existencia y características principales del tratamiento al que serán sometidos sus datos personales que sean recolectados por las cámaras de seguridad y cómo se protegen estos, a fin de que pueda tomar decisiones informadas al respecto. El CUOP cumple con medidas de seguridad; técnicas, administrativas y físicas que aseguran el tratamiento de los datos personales conforme a la normatividad aplicable.
Datos personales que serán sometidos a tratamiento (identificando aquéllos que son sensibles). Los datos que se recaban a través de las cámaras de seguridad son: Imágenes y/o audio, captadas de todo el personal que labora en las instalaciones del CUOP, proveedores, usuarios, docentes, alumnos y visitantes. Cabe aclarar que respecto de los datos personales que proporcione referentes a terceras personas, se presume que usted ha obtenido el consentimiento del titular de que se trate para efectuar dicha entrega. Tratándose de datos personales de menores de edad y personas en estado de interdicción o incapacidad declarada, se presume que usted cuenta con la representación legal prevista en la legislación civil que le resulte aplicable.
FINALIDADES DEL TRATAMIENTO DE SUS DATOS PERSONALES
Sus datos personales son tratados con las siguientes finalidades:
- Finalidades Necesarias
- Cumplir aquellas obligaciones que se derivan de la relación jurídica y/o comercial existente.
- Prestar los servicios contratados.
- Evaluar la calidad de nuestro servicio.
- Dar seguimiento a sus peticiones, sugerencias, reclamaciones y/o cualquier otra solicitud o para realizar acciones de actualizaciones técnicas de los productos y/o servicios que hubiese adquirido.
- Seguridad y vigilancia de las instalaciones del CUOP
- Las cámaras son para la seguridad de todo el personal que labora, así como del alumnado en las instalaciones del CUOP proveedores y visitantes, y en su caso, para proporcionarles un mejor servicio.
- Los datos personales recabados por las cámaras de seguridad, podrán ser tratados sin consentimiento del titular, siempre en respeto a sus derechos; teniendo como supuestos de excepción a los principios que rigen el tratamiento de datos, la seguridad nacional, disposiciones de orden público, seguridad y salud públicas o para proteger los derechos de terceros, según lo establece el segundo párrafo del artículo 16, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
- Finalidades Accesorias
- Ser contactado y enviar información para darle a conocer información comercial de nuestra empresa y/o de terceros, entre la que se destaca la relacionada con promociones, concursos, información de nuevos productos, servicios, eventos, cambios en productos y/o servicios, evaluación de la calidad en los servicios, información de nuestros socios de negocios, estudios internos sobre hábitos de consumo, incluyendo cualquier acción de mercadotecnia, publicidad, estadística y de prospección comercial.
Fundamento legal para llevar a cabo el tratamiento.
El CUOP, hace de tu conocimiento que el fundamento para tratar tus datos personales, se encuentra en los artículos 6° Base A y 16 segundo párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicano; 3°, fracción XXXIII, 4°, 16, 17 y 18 de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados; También se informa al titular que no se realizarán transferencias de datos personales que requieran de su consentimiento.
Mecanismos, medios y procedimientos disponibles para ejercer los derechos ARCO.
EL CUOP permite al titular ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición de datos personales de conformidad con el artículo 16 párrafo segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como Título Tercero, Capítulos I y II de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados. Para ejercer estos derechos el titular podrá acudir a las instalaciones del CUOP en el domicilio señalado en el presente aviso.
ACCESO.- Podrá solicitar al CUOP que le informe sobre qué datos e información suya es con la que cuenta y la manera en la que fue obtenida. En términos del artículo 33 de la Ley, el derecho de acceso se dará por cumplido, en todo caso poniendo a disposición del Titular, en las instalaciones en donde se haya presentado el servicio por parte del CUOP, los documentos que contengan los datos recabados (incluyendo el expediente clínico correspondiente).
RECTIFICACIÓN.- Podrá solicitar al CUOP una notificación de algún dato en particular o de todos (tales como: cambio de dirección, nombre, teléfono) debido a que sean incorrectos o inexactos.
CANCELACIÓN. – Podrá solicitar al CUOP el cese del tratamiento de un dato que resulte innecesario o no pertinente para la finalidad con la que fue recabado. El dato podrá ser bloqueado, es decir será identificado y reservado con el fin de impedir su tratamiento.
OPOSICIÓN. – Podrá oponerse al tratamiento de sus Datos Personales incluidos en la base de datos del CUOP, aún siendo lícito el tratamiento de estos.
Para ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, así como revocar su consentimiento para el tratamiento de sus datos personales, deberá enviar su Solicitud de Revocación del Consentimiento para el Tratamiento de Datos Personales a la dirección electrónica: direccionacademica@cuop.edu.mx
La solicitud señalada en el párrafo que antecede deberá contener:
- Tipo de derecho a ejercer: acceso, rectificación, cancelación y/u oposición, o bien revocación.
- Información del titular de los datos personales: Nombre completo, correo electrónico, teléfono (s) y horario para contactarlo cuando sea necesario
- Identificación que con la que acredite su personalidad (credencial para votar, pasaporte vigente, cédula profesional o documento migratorio)
- En caso de no ser el titular quien presente la solicitud, el documento que acredite la existencia de la representación, es decir, instrumento público o carta poder firmada ante dos testigos, junto con la identificación del titular, del representante y de los testigos (credencial para votar, pasaporte vigente, cédula profesional o documento migratorio).
NOTAS:
- Para el caso de menores de edad, los documentos para acreditar la representación legal de este, serán: acta de nacimiento y credencial con fotografía del menor (la otorgada por la institución académica a la que acuda) credencial del IMSS, Pasaporte vigente, o cualquier otra que cuente con su fotografía.
- Para el caso de interdictos, los documentos para acreditar la representación legal serán: acta de interdicto y credencial con fotografía de la persona que ostente esta situación jurídica ya sea, credencial para votar, pasaporte vigente, cédula profesional o documento migratorio.
- Una descripción clara y precisa de los datos personales respecto de los cuales busca ejercer alguno de los Derechos ARCO, cual es el derecho a ejercer y las razones por las que desea ejercitarlo.
- Cualquier documento o información que acredite que sus datos personales se encuentran en propiedad del CUOP.
- En caso de solicitar rectificación de datos, favor de indicar también las modificaciones a realizarse, aportando la documentación que sustente su petición.
Para las finalidades principales que dieron origen y que son necesarias para la relación jurídica, se entenderá que, en caso de solicitar derecho de oposición y/o cancelación, el Titular acepta la imposibilidad de la relación por lo que dicha oposición y/o cancelación se considerará como causa de terminación de la relación contractual sin responsabilidad para el CUOP
CENTRO UNIVERSITARIO OCTAVIO PAZ se reserva el derecho de cambiar, modificar y/o complementar el presente Aviso de Privacidad, en cualquier momento.
Las modificaciones serán oportunamente informadas a través de:
- Anuncios visibles en nuestros establecimientos o centros de atención a clientes.
- Nuestra página de Internet https://cuop.edu.mx/.
- Cualquier otro medio de comunicación oral, impreso o electrónico que https://cuop.edu.mx/ determine para tal efecto
POLÍTICA DE PRIVACIDAD
CENTRO UNIVERSITARIO OCTAVIO PAZ garantiza la privacidad y el derecho a la autodeterminación de los Usuarios.
La presente Política de Privacidad tiene como objeto informarle la manera en la que se obtienen, usan, divulgan, almacenan o, en general, se da tratamiento a sus datos personales, mismos que usted proporciona voluntariamente a través de https://cuop.edu.mx/.
Los usuarios pueden navegar por el sitio https://cuop.edu.mx/ sin proporcionar datos personales; sin embargo, existen determinadas secciones dentro del mismo donde usted puede proporcionar voluntariamente datos como: nombre, domicilio, correo electrónico y teléfono.
Algunas características y accesos en nuestro sitio web se reservan únicamente para usuarios registrados.
Los datos personales que sean proporcionados a través de https://cuop.edu.mx/ tendrán un tratamiento legítimo, controlado e informado, conforme al Aviso de Privacidad.
Cada uno de los Usuarios es el responsable de completar los datos personales a través del formulario que al efecto sea facilitado, con el objetivo de que https://cuop.edu.mx/ pueda prestar a los usuarios la mayor experiencia personalizada en el uso de los servicios que se ofrecen.
Así mismo, https://cuop.edu.mx/, establecerá medidas de seguridad administrativas, técnicas y físicas que permitan proteger los datos personales contra daño, pérdida, alteración, destrucción, o el uso, acceso o tratamiento no autorizado.
El servidor de datos de CENTRO UNIVERSITARIO OCTAVIO PAZ enviará datos al navegador del Usuario para que se almacenen en el disco duro de su computadora y nos permita identificar las computadoras utilizadas por los usuarios al tener acceso a https://cuop.edu.mx/.
Este proceso es conocido como el uso de “cookies” o “direcciones de IP”. Mediante el uso de “cookies” o “direcciones de IP” no se identifica personalmente a los usuarios, pero sí sus computadoras.
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El uso del sitio https://cuop.edu.mx/ es prueba que ha leído, conoce y acepta la Política de Privacidad y Aviso de Privacidad vigente al momento de dicho uso.
El CUOP podrá negar el ejercicio de los Derechos ARCO en los siguientes supuestos:
- Cuando el solicitante no sea el titular de los datos personales, o no pueda acreditar la representación del titular;
- Cuando sus datos personales no obren en la base de datos del CUOP.
- Cuando se lesionen los derechos de un tercero.
- Cuando exista un impedimento legal o la resolución de una autoridad competente, que restrinja sus Derechos ARCO.
- Cuando la rectificación, cancelación u oposición haya sido previamente realizada.
La Negativa podrá ser parcial en cuyo caso el CUOP efectuará el acceso, rectificación, cancelación en la parte procedente.
El ejercicio de los Derechos ARCO será gratuito, pero en caso de que en un periodo menor a doce meses se presenten dos solicitudes o más, el CUOP podrá realizar cobros por la emisión de copias de documentos. En caso de que el solicitante requiera de la certificación de documentos, deberá hacer previamente el pago correspondiente conforme a las indicaciones que al efecto se le den a conocer. El solicitante deberá cubrir los gastos justificados de envío o el costo de reproducción en copias u otros formatos.
Por lo anterior, cuando el Aviso de Privacidad sufra alguna modificación, CUOP le informará mediante un comunicado, que será enviado al correo que proporcione o al institucional (en caso de que le sea asignado) y será publicado en SEÑALAR EN DONDE PUEDE SER PUBLICADO.
Última actualización: noviembre 2025.
REGLAMENTO ESCOLAR
IDENTIDAD INSTITUCIONAL
El Centro Universitario Octavio Paz, tiene por principios:
- el desarrollo humano integral de todos sus miembros
- el respeto irrestricto a los derechos humanos;
- el rechazo de toda forma de violencia, intolerancia, dependencia y discriminación motivada por origen étnico, de género, la edad, las discapacidades, la condición social, la salud, la ideología política, las preferencias, el estado civil, las opiniones, o el credo religioso.
- el conocimiento racional con libertad de pensamiento, de crítica, de expresión y de cátedra;
- la toma de conciencia de la realidad nacional
- el desarrollo de los valores que comprometan a sus miembros para asumir los cambios
requeridos por la justicia social y la solidaridad.
DISPOSICIONES GENERALES
Este reglamento es de observancia obligatoria para todos los alumnos del CENTRO UNIVERSITARIO OCTAVIO PAZ. Su desconocimiento no exime de su cumplimiento.
Son alumnos quienes estén inscritos formalmente en un programa del Plantel, que cumplan con los requisitos y obligaciones del presente Reglamento y no hayan perdido esa calidad.
Los trámites administrativos de inscripción, reinscripción, pagos, exámenes y demás asuntos escolares, se realizarán personalmente por los propios interesados. La inscripción o reinscripción de un menor de edad, los podrá realizar el padre, la madre o el tutor. En casos justificados, se admitirá representante, siempre que acredite tal carácter exhibiendo carta poder simple suscrita por dos testigos, la cual se adicionará al expediente respectivo.
INSCRIPCIONES
Se entiende por inscripción el proceso mediante el cual una persona es registrada por primera vez en uno de los programas académicos. Este proceso se inicia mediante la solicitud de ingreso y se formaliza en el Departamento de Control Escolar.
Para ingresar las licenciaturas del CENTRO UNIVERSITARIO OCTAVIO PAZ, se requiere:
- Haber concluido íntegramente el nivel académico anterior.
- Llenar la solicitud de inscripción
- Cubrir los requisitos de cuotas requeridas. Después de los primeros cinco días de haber otorgado la prestación del servicio educativo, si el alumno solicita su baja por cualquier circunstancia NO LE SERÁ REEMBOLSADO ninguna cantidad entregada en caja.
- Cubrir los requisitos de documentación
- Certificado de Bachillerato, (original y dos copias), cuya fecha de acreditación
deberá ser anterior a la inscripción a la Licenciatura, sin invasión de ciclo. - Acta de Nacimiento, en original y dos copias.
- Comprobante de domicilio.
- Seis fotografías tamaño infantil, blanco y negro, en papel mate.
- CURP, original y dos copias.
- Cuando no presente toda la documentación establecida, el alumno quedará con calidad de INCONGRUENTE y se le concederá un plazo no mayor a 3 (tres) meses que contarán a partir del inicio del ciclo que esté cursando para regularizar su situación documental. Sin embargo, dichos alumnos deberán presentar, escrito bajo protesta de decir verdad, en el que se comprometan a entregar lo faltante.
- Certificado de Bachillerato, (original y dos copias), cuya fecha de acreditación
En caso de falsedad total o parcial de un documento o de información de datos personales, se anulará la inscripción y quedarán sin efecto todos los actos derivados de la misma. Si lo apócrifo del documento se descubre con posterioridad al primer período escolar y no se produce una aclaración satisfactoria, se procederá, además de los efectos legales correspondientes, a anular los estudios y las calificaciones obtenidas.
REINSCRIPCIONES
Se entiende por reinscripción el proceso mediante el cual una persona es registrada en el Departamento de Control Escolar, después de haber sido inscrita al menos en el primer ciclo lectivo, en uno de los programas académicos ofrecidos, para seguir cursando los grados escolares subsecuentes.
Por medio de la reinscripción, se renueva la calidad de estudiante. A partir del segundo ciclo curricular, los estudiantes deberán solicitar su reinscripción en las fechas y tiempos señalados para tal efecto.
Se consideran alumnos regulares los que acrediten todas las asignaturas del ciclo cursado y no tengan pendientes de acreditar asignaturas de grados anteriores.
Se consideran alumnos irregulares, los que no hayan acreditado como mínimo una asignatura.
Para tener derecho a la reinscripción se requiere:
- Haber concluido el ciclo lectivo anterior y tener vigentes sus derechos académicos, sin haber recibido sanción alguna que implique la pérdida de su condición de estudiante.
- Tener en orden toda su documentación en el Departamento de Control Escolar.
- Pagar en el plazo establecido la cuota de reinscripción.
- Que no esté fuera del término máximo establecido para concluir sus estudios, previsto por el artículo 16º de este Reglamento.
El alumno que acumule más de tres asignaturas sin acreditar o adeude asignaturas de dos ciclos anteriores, después del primer periodo de regularización inmediato al término del curso, no tendrá derecho a regularización debiendo repetir todas las materias del ciclo no acreditado y regularizar su situación del o los ciclos anteriores.
Se entenderá que los alumnos renuncian a su inscripción o reinscripción cuando no hayan completado los trámites correspondientes en las fechas y términos establecidos, sin responsabilidad alguna para el Plantel.
BAJAS
Se entiende por baja, la separación formal, temporal o definitiva de las actividades académicas de los estudiantes inscritos en el Plantel.
- Las bajas de los estudiantes podrán ser temporales o definitivas.
- La baja temporal procederá:
- A solicitud del estudiante.
- Por inasistencia injustificada en un período ininterrumpido de quince o más días hábiles;
- Por sanción impuesta, de acuerdo con lo establecido por la legislación del Plantel
- Por incumplimiento de obligaciones económico-administrativas.
- La baja definitiva procederá:
- A solicitud del estudiante;
- Por sanción impuesta, de acuerdo con lo establecido por la legislación del Plantel.
- Por algún impedimento especial.
Las ausencias de los estudiantes por causas de fuerza mayor, tales como: Enfermedades graves, maternidad y paternidad; incapacidad física temporal; privación de libertad decretada por autoridad competente, problemas migratorios, tratándose de estudiantes extranjeros, serán resueltos por la dirección del Plantel.
Cuando el estudiante regular haya sido dado de baja temporal, sin que en su expediente exista sanción alguna, podrá reingresar, siempre que su permanencia fuera de ella no exceda de dos ciclos escolares y el cupo del grupo lo permita.
En los casos de baja temporal o definitiva el alumno deberá liquidar los adeudos de cualquier índole que existan a su cargo para poder solicitar sus derechos escolares. La baja procederá una vez que el alumno presente por escrito la forma de aviso o solicitud de baja.
El dejar de asistir a recibir el servicio educativo no exime al alumno de los compromisos económico administrativos, hasta que solicite la baja por escrito.
El Plantel contará con un Comité de Bajas que se reunirá cuando sea necesario analizar las bajas temporales o definitivas que lo ameriten, relacionadas con asuntos económicos o disciplinarios.
Cuando un alumno sea dado de baja de manera definitiva, no podrá ser admitido en ninguna otra área o nivel académico del Plantel.
DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES
Los estudiantes tendrán los derechos siguientes:
- Recibir una completa y oportuna información acerca de los servicios académicos del Plantel.
- Recibir formación académica y profesional, en la carrera en la cual se encuentran inscritos.
- Recibir igualdad de oportunidades de educación conforme a lo prescrito en el presente reglamento, de acuerdo al plan de estudios en que se encuentran inscritos.
- Ser tratados con respeto, dignidad y justicia por las autoridades institucionales, por el personal docente, por el personal administrativo y por sus compañeros.
- Disfrutar de las instalaciones, así como de todos los demás servicios que ofrece la institución, de acuerdo con los reglamentos respectivos.
- Recibir con oportunidad su reglamento para alumnos, su credencial de identidad, constancias de estudio, así como calendario escolar, horarios, programas de las asignaturas a cursar, asignación de profesores, salones y toda información necesaria para el buen aprovechamiento escolar.
- Participar en los diversos eventos que organice el Plantel.
- Ejercer la libertad de expresión sin más límites que el respeto y el decoro debidos a la institución, a su filosofía y a la comunidad educativa.
- Observar que se cumpla el plan de estudios.
- Recibir el cien por ciento del número de sesiones y asesorías previstas para cada unidad didáctica, cubriéndose el ciclo lectivo de acuerdo con lo establecido en el calendario escolar.
- Participar en el desarrollo de los proyectos de investigación contemplados en los planes y programas de estudio, y en las líneas de generación y aplicación del conocimiento; de acuerdo con sus conocimientos o aptitudes.
- Participar en actividades de preservación y difusión de la cultura, de acuerdo con sus conocimientos o aptitudes y conforme a la naturaleza de los programas y proyectos respectivos.
- Presentar sugerencias, quejas o denunciar, en el formato diseñado para tal fin, ante la Dirección del Plantel a los profesores, funcionarios, personal administrativo o estudiantes que por manifiesta deficiencia de sus funciones, conducta irrespetuosa a una persona o grupo, o incumplimiento de sus obligaciones, vulnere el orden y la cátedra, en perjuicio de los estudiantes, en cuyo caso corresponde a tal autoridad, tomar las medidas procedentes.
- Solicitar la expedición o tramitación de los títulos, constancias, certificados y diplomas, que acrediten y legalicen sus estudios y situación académica.
- Recibir orientación escolar y demás servicios que para mejorar su redimiendo académico presta la Institución.
- Participar en actividades deportivas, culturales, artísticas y académicas conforme a los programas y proyectos respectivos.
- Representar a la Institución en las actividades, concursos y competencias académicas, deportivas, artísticas y culturales en los que sea invitada la Institución, previa selección y aprobación que se haga.
- Recibir de los maestros, con oportunidad, sus exámenes parciales evaluados y corregidos, así como las respectivas calificaciones.
- Solicitar revisión de exámenes finales y corrección de calificaciones cuando proceda.
- Recibir los premios y estímulos que por méritos otorgue el Plantel.
- Hacerse acreedores, por méritos académicos o deportivos y motivos socioeconómicos, al otorgamiento de una beca escolar, asignada por el Comité de Becas del Plantel, en base al procedimiento señalado en la convocatoria respectiva y de acuerdo a la normatividad emitida por la Secretaría de Educación Pública para este proceso.
OBLIGACIONES DE LOS ESTUDIANTES.
Los estudiantes tendrán las obligaciones siguientes:
- Mantenerse informado acerca de las normas, reglas y disposiciones que establezca el CENTRO UNIVERSITARIO OCTAVIO PAZ, para el buen funcionamiento de todos los programas.
- Cumplir con este reglamento y con las normas complementarias que rigen la vida del Plantel, comprometiéndose a ello sin pretender ninguna excepción, mediante protesta escrita al inscribirse.
- Respetar a todos los miembros de la comunidad educativa.
- Abstenerse de realizar actos que provoquen escándalo, deterioro de muebles e instalaciones, o que perturben la tranquilidad necesaria para la realización de las actividades cotidianas
- Abstenerse de hacer declaraciones públicas a nombre de la Institución; así como de utilizarla para promoción política o partidista.
- Asistir, regular y puntualmente, a sus clases, laboratorios, talleres, prácticas y exámenes, en el lugar y la hora previamente fijados, conforme a los planes y programas de estudio, y cumplir con los requerimientos académicos exigidos.
- Realizar actividades de estudio de cada una de las unidades didácticas que integran su plan de estudios conforme a las indicaciones del titular de la unidad didáctica y en los tiempos establecidos.
- Asistir a por lo menos el ochenta por ciento de las sesiones, para que tengan derecho a presentar los exámenes ordinarios. Las faltas de asistencia deberán justificarse ante la Coordinación Académica.
- Portar su credencial escolar y presentarla para ingresar al Plantel y cuando le sea requerida por cualquier autoridad en el interior, para que le sean otorgados los servicios escolares y académicos que necesiten.
- Usar las instalaciones y equipos de la Institución adecuadamente y sin causar daños a los mismos.
- Reparar o reponer, a juicio de la autoridad respectiva, los equipos o instrumentos que hayan sido dañados debido a un manejo inadecuado o negligencia en su cuidado.
- Respetar los bienes ajenos y todos los recursos que son brindados para la formación del alumnado.
- Resguardar sus pertenencias. El Plantel no se hace responsable, por ningún motivo, bajo ninguna circunstancia y sin excepción, por daños, pérdida, olvido o extravió de teléfonos celulares, aparatos electrónicos, y cualquier otro objeto de valor.
- Hacer un buen uso del material bibliográfico, de laboratorio y talleres, así como del mobiliario, equipo e instalaciones que forman parte del patrimonio de la institución.
- Abstenerse de utilizar teléfono celular, reproductores de música y cualquier otro medio electrónico durante las actividades académicas, ajeno a éstas.
- Someterse a las evaluaciones de su desempeño académico y entregar los trabajos solicitados por los maestros, de acuerdo con los programas de las unidades didácticas.
- Respetar los períodos establecidos en el calendario escolar.
- Preservar el prestigio institucional.
- Conducirse con propiedad dentro y en las inmediaciones del Plantel.
- Comprometerse prioritariamente con el cumplimiento íntegro del Plan de Estudios, en el ciclo escolar correspondiente.
- Cumplir y colaborar con los servicios y eventos académicos extracurriculares.
- Dedicarse con esfuerzo y responsabilidad a su formación humana, académica y profesional.
- Colaborar con las autoridades del Plantel para el buen desarrollo actividades académicas y de proyección social.
- Respetar los derechos de los miembros integrantes de la comunidad educativa.
- Cumplir con las tareas académicas solicitadas por los profesores.
Dar cumplimiento a los procedimientos y procesos establecidos por las autoridades competentes.
DISCIPLINA
Además de las obligaciones expresamente previstas para los estudiantes en el artículo anterior. Tendrán qué observar las siguientes medidas disciplinarias:
- Asistir puntualmente a las actividades programadas, por respeto al trabajo del grupo;
- Permanecer en el aula, durante el horario que tengan establecido para sus clases.
- No fumar en ninguna área del Plantel.
- Abstenerse de recibir visitas durante las horas de clases.
- No introducir, ingerir, usar, vender, proporcionar u ofrecer gratuitamente, en las instalaciones de la Institución o en sus inmediaciones, bebidas alcohólicas, sustancias consideradas legalmente como estupefacientes o psicotrópicos o cualquier otra que produzca efectos similares en la conducta del individuo que las utilice.
- Abstenerse de perturbar el orden, ya sea dentro de las aulas o frente a los salones de clases o pasillos.
- Mantener limpias las instalaciones.
- No ingerir alimentos en las aulas ni en lugares en los que se realicen actividades académicas;
- No introducir ni portar armas de ningún tipo en las instalaciones universitarias;
- Abstenerse de realizar actos contrarios a la moral convencional, las buenas costumbres; así como al respeto y a la integridad física que entre sí se deben los integrantes de la comunidad educativa en su actuación como tales.
- Cuidar su presentación, atendiendo a las reglas del decoro, salud e higiene.
- Sustraer cualquier bien perteneciente al Plantel.
- Calumniar, difamar o injuriar a sus compañeros, a los profesores, a los funcionarios y demás autoridades académicas y/o administrativas del Plantel.
- Agredir físicamente a sus compañeros, a los profesores, a los funcionarios y demás autoridades académicas y/o administrativas de la Institución.
- Realizar manifestaciones dentro del Plantel.
- Impedir el libre ejercicio de la cátedra.
- Utilizar artículos pirotécnicos, objetos contundentes o cualquier otro tipo de objetos que dañen, deterioren o lesionen a las personas o a las instalaciones.
- Impedir el libre acceso y salida de las instalaciones del Plantel.
- Realizar actividades político partidarias o confesionales en las instalaciones del Plantel.
- Abstenerse de incurrir en acoso escolar en cualquiera de sus tipos: físico, psicológico, verbal o social, contra una o varias personas.
- No incurrir en acoso u hostigamiento sexual.
FALTAS DISCIPLINARIAS Y SANCIONES
Son faltas graves sancionables con suspensión hasta por un ciclo escolar, sin perjuicio de aplicar la expulsión cuando se amerite en razón de la naturaleza y las consecuencias de la falta:
- Impedir o suspender de manera ilegal las actividades académicas o administrativas;
- Lesionar o atentar contra la integridad física, moral o sexual de algún miembro de la comunidad universitaria u otras personas dentro de las instalaciones de la Universidad.
- El comercio, suministro, portación y consumo de cualquier tipo de drogas enervantes, estupefacientes o sustancias psicotrópicas en espacios o instalaciones del Plantel;
- Destruir o causar daños graves o irreparables a la infraestructura, equipo, mobiliario o cualquier especie del patrimonio de la Institución.
- La tenencia o almacenamiento de explosivos, armas de fuego, armas blancas o de cualquier elemento que fundamentalmente permita presumir su uso contra la vida o integridad física de las personas, o para destruir o dañar los bienes de la Institución, excepto en los casos especiales autorizados debidamente por las normas, o cuando se trate de instrumentos punzantes, cortantes o punzocortantes que formen parte de las herramientas o instrumentos propios de las actividades académicas.
- Impedir el desarrollo legal de los procesos de elección o designación de autoridades, instancias auxiliares o representantes ante los órganos colegiados.
- Alterar cualquier documento emitido por alguna de las autoridades del Plantel.
- Utilizar con conocimiento de causa documentos falsificados.
- Falsificar firmas de profesores o de alguna otra autoridad de la Institución.
- Concurrir a las instalaciones del Plantel en estado de ebriedad o bajo los efectos de sustancias prohibidas por la Ley.
- Incurrir en acoso u hostigamiento sexual.
- Cometer algún delito debidamente comprobado contra la propiedad en perjuicio de la Institución o de cualquier miembro de la comunidad universitaria.
- Apropiarse por cualquier medio fraudulento o por abuso de confianza del contenido de algún examen, evaluación, trabajo o cualquier otro documento que determine la obtención del grado, en su propio beneficio o en el de otros.
- Usar o apropiarse indebidamente con fines diferentes a los que han sido destinados, las instalaciones, documentos, materiales y bienes muebles e inmuebles del Plantel.
- Proferir injurias, calumnias o incurrir en difamación en perjuicio de algún integrante de la comunidad universitaria o de la propia Institución.
- Negarse de manera manifiesta y reiterada a adoptar las medidas preventivas o seguir los procedimientos indicados para evitar accidentes o enfermedades.
- Sobornar, tratar de sobornar o presionar de cualquier manera, a algún miembro de la comunidad educativa, a efecto de lograr un beneficio indebido.
- Suplantar la identidad de un estudiante para cualquier efecto.
- Incurrir en acoso escolar en cualquiera de sus tipos: físico, psicológico, verbal o social, contra una o varias personas.
- Apropiarse o proporcionar información de exámenes, trabajos o tareas escolares, por cualquier medio; o bien, presentar como propios escritos ajenos (Plagio académico).
- La reincidencia en la comisión de una falta que haya sido sancionada con anterioridad
- Los demás casos previstos expresamente en las disposiciones específicas aplicables, de conformidad con las disposiciones del presente Reglamento.
Con independencia de las sanciones a que haya lugar, la verificación de las conductas señaladas en las fracciones II, III, V, VIII, XI y XV de este artículo será informada a las autoridades externas competentes.
Las faltas calificadas como graves, le corresponden conocer al Comité de Bajas del Plantel.
Son faltas leves sancionables con amonestación privada, pública o suspensión hasta por cinco días, cuando se amerite, en razón de la naturaleza y las consecuencias de la falta:
- Causar daños leves o que puedan ser reparables a la infraestructura, equipo, mobiliario o a cualquier bien del patrimonio de la Institución.
- Atentar contra la dignidad, las buenas costumbres o conducirse en forma inmoral en las instalaciones universitarias, contra cualquier miembro de la comunidad universitaria.
- El incumplimiento de las disposiciones respecto de los materiales o en relación con los procedimientos que deban seguirse en las distintas prácticas.
- La inasistencia a las actividades teóricas o prácticas que se lleven a cabo en los cursos a que estén inscritos.
- Incumplir con la reglamentación establecida para la realización y la presentación de informes del servicio social.
- Demorarse en la realización de los trámites de inscripción y reingreso.
- Presentarse a los cursos o a las actividades prácticas relacionadas, sin los materiales indispensables para el desarrollo de las mismas, salvo justificación previa que acredite la razón del problema.
- No desarrollar de manera reiterada, las actividades indicadas por el docente de la unidad didáctica que curse el estudiante.
- Distraer el curso de manera continuada mediante bromas, gritos o cualquier otra expresión que altere el normal desarrollo de la clase.
- Manifiesten notoria negligencia o desinterés reiterado en la atención de las actividades académicas o en el cumplimiento de las tareas encomendadas.
- Sustraer del lugar en donde se encuentren asignados, bienes muebles, equipos o instrumentos propiedad del Plantel, sin la autorización correspondiente.
- Utilizar equipos de sonido o similares de forma que perturbe la tranquilidad de los espacios educativos, sin respetar las normas para el uso de las instalaciones.
- Fumar dentro de las instalaciones del Plantel.
- Usar vocabulario ofensivo hacia cualquier miembro de la comunidad universitaria;
- Los demás casos previstos expresamente en las disposiciones específicas aplicables de conformidad con las disposiciones del presente reglamento.
EVALUACIÓN DEL APRENDIZAJE
El proceso de evaluación y acreditación del aprovechamiento escolar, puede llevarse a cabo, a partir del cumplimiento de los siguientes momentos de la evaluación:
- La evaluación permanente, por la apreciación de los conocimientos, actitudes y habilidades de los estudiantes; con su participación durante el curso, y el desempeño en los ejercicios, prácticas, trabajos y/o exámenes parciales.
- Evaluación Ordinaria, que comprende la evaluación permanente y el examen ordinario, éste salvo causa justificada, lo aplicará el mismo docente que impartió el curso.
- Exámenes Extraordinarios, que salvo causa justificada, aplicará el mismo docente que impartió el curso.
- Exámenes a Título de Suficiencia, aplicados por tres docentes incluyendo al que imparte la unidad didáctica, salvo que éste último haya sido recusado fundada y motivadamente.
- Exámenes Profesionales, contemplados en este Reglamento en el capítulo relativo a la titulación.
Se realizarán dos evaluaciones parciales, durante el ciclo lectivo, según la naturaleza de las unidades didácticas y el programa de las mismas; estos exámenes parciales serán los que establezca el programa de cada unidad didáctica, en las fechas determinadas previamente en el calendario escolar y tendrán relación con los temas o unidades abordadas.
Las evaluaciones parciales serán promediadas entre sí para obtener una calificación parcial que a su vez será promediada con la calificación del examen final del periodo. El resultado de esta operación será registrado como calificación final de la materia. En el caso de que el promedio presente décimas, se tomará una sola décima con el siguiente criterio de aproximación: de punto uno a punto cinco se conserva el número entero, es decir baja, eliminándose las décimas y, de más de punto cinco a punto nueve sube al entero próximo.
Las calificaciones se deben expresar en números enteros dentro de la escala decimal (del cinco al diez), para efectos del reconocimiento oficial de estudios.
La calificación mínima para aprobar o acreditar una unidad didáctica en los programas de licenciatura es de 6 (seis).
En caso de error u omisión, se procederá a la rectificación de la calificación, siempre y cuando se satisfaga el siguiente procedimiento:
- Que el estudiante lo solicite por escrito ante la Dirección, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha en que se den a conocer las calificaciones; o bien por comparecencia oficiosa del profesor.
- Que el profesor o profesores que hayan firmado el acta respectiva, comparezcan personalmente a la Dirección, a rectificar la calificación en caso de que así proceda.
Los exámenes extraordinarios deberán cumplir con los siguientes requisitos:
- Se referirán a todo el programa de la unidad didáctica que se cursa, y se realizarán en forma escrita o práctica.
- Durarán el tiempo que demande el grado de laboriosidad del mismo para su contestación.
- Se realizarán, únicamente en las fechas que establezca el Calendario Escolar, previo pago de los derechos correspondientes.
El alumno que repruebe más de tres asignaturas de un mismo periodo, no tendrá derecho a regularización, por lo que deberá cursar nuevamente el cuatrimestre en cuestión y le serán anuladas todas las calificaciones del semestre que reprobó.
El alumno que repruebe una asignatura seriada conforme al plan de estudios correspondiente, no podrá acreditar la subsiguiente en tanto no la acredite.
El alumno que haya reprobado tres asignaturas de un ciclo y después del primer periodo de regularización, al término del mismo ciclo, no acredite por lo menos una de las tres, causará baja temporal.
El presente reglamento no es limitativo ni exhaustivo, lo no contemplado o no previsto, quedará a criterio del Director y/o de las autoridades educativas del CENTRO UNIVERSITARIO OCTAVIO PAZ, de acuerdo a sus áreas de autoridad o a sus atribuciones.








